El Plan del Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Pensión ofrece una Pensión de Beneficios Definidos a participantes calificados en toda la jurisdicción del Consejo Regional de Carpinteros del Sudoeste que incluye Arizona, el sur de California, Colorado, Nevada, Nuevo México, Utah, Wyoming y otras jurisdicciones vecinas mediante un Acuerdo de Negociación. Consulte la Descripción del Resumen del Plan (SPD) para obtener reglas completas.
Los empleadores signatarios presentan horas de trabajo y hacen contribuciones al Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Pensión de acuerdo con los términos de los Acuerdos de Negociación Colectiva o los Acuerdos de Suscriptores que son reconocidos por el Consejo Directivo.
La participación individual en el Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Pensión comienza trabajando al menos 500 horas durante 12 meses consecutivos en un empleo cubierto por un acuerdo aprobado. Sin embargo, debe trabajar suficientes horas en un empleo cubierto para convertirse en un Participante Adquirido y obtener un beneficio al jubilarse.
Cuando usted se convierte en "Establecido", su derecho a una Pensión Normal (en la cantidad determinada por sus horas trabajadas en un empleo cubierto) nunca se puede perder, incluso si deja de trabajar en un empleo cubierto.
La adquisición se perfecciona de diversas maneras:
al adquirir cinco años o más de crédito de servicio, incluyendo una hora de servicio después del 1 de enero de 1999 sin interrupción permanente del servicio; o
al adquirir 10 o más créditos de servicio sin interrupción permanente de servicio; o
al adquirir 10 o más créditos de jubilación sin interrupción permanente de servicio (incluso 500 o más horas trabajadas en empleo cubierto acreditadas para crédito de servicio futuro); o
al alcanzar la edad jubilatoria normal mientras aún es un participante activo y antes de cancelar sus créditos de jubilación mediante interrupción permanente de servicio.
Los aprendices dentro de la Región Sudoeste que no obtuvieron Crédito de Pensión mientras estaban en los primeros niveles de su aprendizaje aún pueden tener derecho a Un Crédito de Elegibilidad de Pensión de Adquisición o Servicio dentro del Plan Southwest por sus horas trabajadas.
El Plan Relacionado o el Crédito del Plan Regional obtenido puede contarse para los requisitos de adquisición o servicio del Plan del Sudoeste. Consulte el Descripción del Resumen del Plan (SPD) para obtener más información.
Puede ver su estado de Adquirido en la pantalla crédito de pensión en su cuenta de MemberXG.
Cada crédito de pensión obtenido tiene una cantidad de beneficio correspondiente. Las cantidades de beneficio obtenidas cada año se suman juntas y el total se convierte en su beneficio mensual de pensión al jubilarse, siempre que haya adquirido de derecho.
A partir de 2015, se utiliza la siguiente fórmula para calcular la cantidad del beneficio para cada crédito:
Tarifa de Acumulación de Beneficios x Factor de Beneficio = Cantidad de Beneficio
Utilizando la tabla de tarifa de acumulación de beneficios, localice la cantidad de horas trabajadas en un empleo cubierto durante el año calendario y busque la tarifa de acumulación de beneficios.
Horas en empleo cubierto | Tarifa de acumulación nueva del 2021 y después |
---|---|
0-699 | Ningún |
700-799 | $77.78 |
800-899 | $88.89 |
900-999 | $100.00 |
1,000-1,099 | $111.11 |
1,100-1,199 | $122.22 |
1,200-1,299 | $133.33 |
1,300-1,399 | $144.44 |
1,400-1,499 | $155.56 |
1,500-1,599 | $166.67 |
1,600-1,699 | $177.78 |
1,700-1,799 | $188.89 |
1,800-1,899 | $200.00 |
1,900-1,999 | $211.11 |
2,000-2,099 | $222.22 |
2,100-2,199 | $233.33 |
2,200 o más | $244.44 |
Siguiente, utilice la tabla de factor de beneficio mostrada a continuación para localizar el factor de beneficio que corresponde a su tarifa de contribución promedio por hora para el año determinado. Su tarifa de contribución promedio por hora se calcula dividiendo la cantidad de contribuciones del empleador realizadas al Plan en su nombre por la cantidad de horas que usted trabajo en un empleo cubierto.
Tarifa promedio de contribución por hora | Factor de beneficio nuevo del 2021 y después |
---|---|
$0.00-0.99 | 0.0000 |
$1.00-1.24 | 0.2000 |
$1.25-1.49 | 0.2500 |
$1.50-1.74 | 0.3000 |
$1.75-1.99 | 0.3500 |
$2.00-2.24 | 0.4000 |
$2.25-2.49 | 0.4500 |
$2.50-2.74 | 0.5000 |
$2.75-2.99 | 0.5500 |
$3.00-3.24 | 0.6000 |
$3.25-3.49 | 0.6500 |
$3.50-3.74 | 0.7000 |
$3.75-3.99 | 0.7500 |
$4.00-4.24 | 0.8000 |
$4.25-4.49 | 0.8500 |
$4.50-4.74 | 0.9000 |
$4.75-4.99 | 0.9500 |
$5.00 o más | 1.0000 |
Si usted trabaja 1,800 horas en 2021 al promedio de $4.00 por hora, el beneficio mensual que usted acumulará será $160.00.
$200.00 tarifa de acumulación de beneficio x 0.80 factor de beneficio para 2021 = $160.00 cantidad de beneficio mensual
Si usted trabaja 2,000 horas en 2021 al promedio de $5.00 por hora, el beneficio mensual que usted acumulará será $222.22.
$222.22 tarifa de acumulación de benéfico x 1.0 factor de beneficio para 2021 = $222.22 cantidad de beneficio mensual
Para los participantes que fueron acreditados con al menos 1,000 horas de trabajo y acumularon Crédito de Pensión bajo el Plan de Pensión de Carpinteros del Sudoeste durante el 2020, las acumulaciones de beneficios se han incrementado retroactivamente por 50% para los años del plan de 2011-2020.
Los participantes que fueron acreditados con al menos 1,000 horas bajo el Acuerdo Interno de Hospitalidad de Nevada en el 2020 o 2021 también son elegibles para el incremento retroactivo.
Horas en empleo cubierto | Valor de acumulación de beneficio revisado (acumulación de 2011-2020 más aumento de 50%) |
---|---|
700-799 | $58.49 |
800-899 | $66.84 |
900-999 | $75.00 |
1,000-1,099 | $83.54 |
1,100-1,199 | $91.89 |
1,200-1,299 | $100.22 |
1,300-1,399 | $108.59 |
1,400-1,499 | $116.94 |
1,500-1,599 | $125.30 |
1,600-1,699 | $133.64 |
1,700-1,799 | $141.99 |
1,800 | $150.00 |
Tarifa promedio de contribución por hora | Factor de beneficio para 2015-2020 (Consulte Acumulación de Beneficio para 2011-2020 a continuación) |
---|---|
$0.00-0.99 | 0.0000 |
$1.00-1.24 | 0.2500 |
$1.25-1.49 | 0.3125 |
$1.50-1.74 | 0.3750 |
$1.75-1.99 | 0.4375 |
$2.00-2.24 | 0.5000 |
$2.25-2.49 | 0.5625 |
$2.50-2.74 | 0.6250 |
$2.75-2.99 | 0.6875 |
$3.00-3.24 | 0.7500 |
$3.25-3.49 | 0.8125 |
$3.50-3.74 | 0.8750 |
$3.75-3.99 | 0.9375 |
$4.00-4.24 | 1.0000 |
$4.25-4.49 | 1.0000 |
$4.50-4.74 | 1.0000 |
$4.75-4.99 | 1.0000 |
$5.00 o más | 1.0000 |
Si usted trabajo 1,500 horas en el 2020 a una tarifa promedio de $3.50 por hora, el beneficio mensual que usted acumulará será $109.64.
$125.30 tarifa de acumulación de beneficio x 0.875 factor de beneficio para 2020 = $109.64 cantidad de beneficio mensual
La tabla de Factor de Beneficio basada en la tarifa de contribución promedio por hora se aplica a las acumulaciones de beneficios desde el 2015 o después.
Si usted trabajó 1800 horas en el 2011, el beneficio mensual que acumulará será $150.00. Antes del 2015 no se aplica el factor de beneficios a la acumulación de beneficios.
Horas en un empleo cubierto | Acumulación de beneficio mensual durante los años calendarios 2011-2020 |
---|---|
700-799 | $38.99 |
800-899 | $44.56 |
900-999 | $50.00 |
1,000-1,099 | $55.69 |
1,100-1,199 | $61.26 |
1,200-1,299 | $66.81 |
1,300-1,399 | $72.39 |
1,400-1,499 | $77.96 |
1,500-1,599 | $83.53 |
1,600-1,699 | $89.09 |
1,700-1,799 | $94.66 |
1,800 | $100.00 |
Tarifa promedio de contribución por hora | Factor de Beneficio para 2015-2020 (Consulta Acumulación de beneficios para 2011-2020) |
---|---|
$0.00-0.99 | 0.0000 |
$1.00-1.24 | 0.2500 |
$1.25-1.49 | 0.3125 |
$1.50-1.74 | 0.3750 |
$1.75-1.99 | 0.4375 |
$2.00-2.24 | 0.5000 |
$2.25-2.49 | 0.5625 |
$2.50-2.74 | 0.6250 |
$2.75-2.99 | 0.6875 |
$3.00-3.24 | 0.7500 |
$3.25-3.49 | 0.8125 |
$3.50-3.74 | 0.8750 |
$3.75-3.99 | 0.9375 |
$4.00-4.24 | 1.0000 |
$4.25-4.49 | 1.0000 |
$4.50-4.74 | 1.0000 |
$4.75-4.99 | 1.0000 |
$5.00 o más | 1.0000 |
De 2011 a 2014, las acumulaciones de beneficios se basan solo en horas.
Si usted trabajó al menos 1,500 horas en el 2015 a una tarifa promedia de $3.50 por hora, el beneficio mensual que acumulará será $73.09.
$83.53 Tarifa de Acumulación de Beneficio x .875 Factor de Beneficio para 2015 = $73.09 Cantidad de Beneficio Mensual
La tabla de factor de beneficio basada en la tarifa de contribución promedio por hora se aplica a acumulaciones de beneficio desde 2015 y después.
Si usted trabajó 1800 horas en el 2011, el beneficio mensual que usted acumulará será $100.00. Antes del 2015, no se aplicaba factor de beneficio a la acumulación de beneficio.
Desde 2011 hasta 2014, las acumulaciones de beneficios están basadas solamente en las horas trabajadas bajo Empleo Cubierto.
Horas en empleo cubierto | Acumulación de beneficio mensual durante los años calendarios 2008-2014* | Acumulación de beneficio mensual para 2007 | Acumulación de beneficio mensual para 1999-2006 |
---|---|---|---|
Menos de 700 | Ninguno | Ninguno | Ninguno |
700-799 | $38.99 | $79.72 | $77.78 |
800-899 | $44.56 | $91.11 | $88.89 |
900-999 | $50.00 | $102.50 | $100.00 |
1,000-1,099 | $55.69 | $113.89 | $111.11 |
1,100-1,199 | $61.26 | $125.28 | $122.22 |
1,200-1,299 | $66.81 | $136.67 | $133.33 |
1,300-1,399 | $72.39 | $148.06 | $144.44 |
1,400-1,499 | $77.96 | $159.44 | $155.56 |
1,500-1,599 | $83.53 | $170.83 | $166.67 |
1,600-1,699 | $89.09 | $182.22 | $177.78 |
1,700-1,799 | $94.66 | $193.61 | $188.89 |
1,800 | $100.00 | $205.00 | $200.00 |
Las acumulaciones de beneficio mensual anteriores del 1999 se pueden encontrar en las páginas 27 a 29 del SPD.
El Plan es parte del Acuerdo Internacional Recíproco para Fideicomisos de Pensiones de Carpinteros (el "Acuerdo Recíproco") patrocinado por la Hermandad Unida de Carpinteros y Ebanistas de América. El propósito de este acuerdo es proporcionar a los participantes que trabajan en varias jurisdicciones mientras participan en su comercio la oportunidad de mantener o aumentar sus beneficios. Existen acuerdos similares para el Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste de Salud y Bienestar y el Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste Anualidades.
Los participantes que trabajan en otra jurisdicción pueden transferir las horas trabajadas y las contribuciones del empleador a su fideicomiso de vivienda para obtener crédito hacia un beneficio potencial. Esto a veces se conoce como un acuerdo de "el dinero sigue al hombre".
Para transferir contribuciones, presente un Formulario de Reciprocidad a la Oficina Administrativa eligiendo que las contribuciones se transfieran dentro de los 60 días de comenzando el empleo em otra jurisdicción. La transferencia de horas se limita a las horas trabajadas hasta un año antes de la recepción de la solicitud de transferencia. El Formulario de Reciprocidad también está disponible para completar y enviar a través del Centro de Documentos MemberXG.
El Acuerdo Recíproco y otros acuerdos limitados también permiten a los participantes solicitar combinar los créditos de pensión ganados con Fideicomisos en diferentes jurisdicciones para cumplir con los requisitos de crédito de pensión o crédito de adquisición de derechos. La cantidad del beneficio pagado por el Plan de Pensión del Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste está determinada por el valor de los créditos obtenidos dentro del plan Sudoeste
Una vez que se convierte en un Participante Adquirido, la cantidad de su beneficio está determinado por sus créditos acumulados, el valor de cada crédito y el tipo de Pensión para la que es elegible.
El Plan de Pensiones ofrece varios tipos diferentes de pensiones de la siguiente manera:
Un Pensión de Servicio es un beneficio inmediato, sin reducir, basado en los años de servicio, no en la edad de jubilación. El Plan de Pensiones de los Carpinteros del Sudoeste actualmente proporciona un Pensión de Servicio cuando un Participante cumple 30 años de Créditos de Elegibilidad de Pensión de Servicio. A partir del 2021, el crédito de elegibilidad de pensión de servicio se gana a la tarifa de 1/12 de año por cada 100 horas trabajadas en un empleo cubierto a un máximo de 2200 horas (1 y 4/12).
Horas trabajadas en un Empleo Cubierto en un año calendario | Créditos de Elegibilidad de Pensión de Servicio ganadas en el año calendario |
---|---|
Menos de 300 horas | Ningún |
300-399 | 3/12 años |
400-499 | 4/12 años |
500-599 | 5/12 años |
600-699 | 6/12 años |
700-799 | 7/12 años |
800-899 | 8/12 años |
900-999 | 9/12 años |
1000-1099 | 10/12 años |
1100-1199 | 11/12 años |
1200-1899 | Un año |
1900-1999 | 1-1/12 años |
2000-2099 | 1- 2/12 años |
2100-2199 | 1- 3/12 años |
2200 y mas | 1- 4/12 años |
Los Participantes que fueron acreditados con al menos 1,000 horas y acumularon Crédito de Pensiones bajo el Plan de Pensiones de los Carpinteros del Sudoeste durante el 2020 serán acreditados con el mismo Crédito de Elegibilidad de Pensión de Servicio listados arriba por los Años del Plan 2011 al 2020 según las horas acreditadas en cada año. Los Participantes que trabajaron en Empleo Cubierto bajo el Acuerdo de Negociación Colectiva interna de Hospitalidad de Nevada calificaran si trabajaron al menos 1,000 horas en el 2020 o 2021.
La siguiente tabla se aplica a los Créditos de Elegibilidad de Pensión de Servicio para periodos anteriores al 2021.
Horas trabajadas en un Empleo Cubierto en un año calendario | Créditos de Elegibilidad de Pensión de Servicio ganadas en el año calendario |
---|---|
Menos de 300 horas | Ningún |
300-399 | 3/12 Años |
400-499 | 4/12 Años |
500-599 | 5/12 Años |
600-699 | 6/12 Años |
700-799 | 7/12 Años |
800-899 | 8/12 Años |
900-999 | 9/12 Años |
1000-1099 | 10/12 Años |
1100-1199 | 11/12 Años |
1200 – y mas | Un Año0 |
Para periodos anterior a 1976, refiere a la página 14 del Descripción del Resumen del Plan (SPD) o comuníquese con la Oficina Administrativa.
Si usted es elegible para uno de los tipos aprobados de pensión, la ley Federal lo requiere que comienza sus pagos de pensión no más tarde que el 1o de abril siguiente del año calendario en cuando usted cumpla la edad: 70 y ½ (para participantes nacidos antes del 1o de julio del 1949), o 72 (para participantes nacidos en o después del 1o de julio del 1949).
El propósito del Plan es proporcionar seguridad de jubilación para Carpinteros que ganan la vida durante la mayor parte de sus años de trabajo por trabajo en Empleo Cubierto. Por esta razón, el Plan requiere continuidad razonable de servicio.
Después de que se convierte en un Participante del Plan, usted puede incurrir en un Interrupción de Servicio de Un Año en cualquier año que usted gana menos de 500 horas de servicio. Sin embargo, siempre y cuando no haya incurrido una Interrupción Permanente de Servicio, usted puede curar una sucesión de Interrupciones de Servicio de Una Año, ganando 1,000 horas de servicio en un año calendario.
Una Interrupción Permanente de Servicio ocurre después de 5 Interrupciones de Servicio de Un Año consecutivas con el número de Interrupciones de Servicio de Un Año igual o superior a el número de Créditos Adquiridos que usted ha ganado.
Cuando usted solicita a recibir uno de los tipos de pensión, las siguientes formas de pago serán disponible a usted, dependiendo de su situación personal. Puede elegir solamente una forma de pago, y una vez que comienzan los pagos, la forma de pago no se puede cambiar.
Anualidad de Una Sola Vida – La forma normal de pago para participantes del Plan que no están casados cuando se jubilan. La Anualidad de Una Sola Vida proporciona una Pensión mensual para usted por su vida con la garantía que, si usted fallece antes de recibir los 36 pagos mensuales garantizados, el resto de sus pagos garantizados será pagado a su beneficiario designado.
Si usted este casado, la Anualidad de Una Sola Vida es disponible solo si usted y su cónyuge han denegado el Pensión Calificado de 50% para el Cónyuge Sobreviviente detallado a continuación.
Pensión Calificado de 50% para el Cónyuge Sobreviviente – La forma normal de pago para los participantes del Plan casados. La Pensión Calificado de 50% para el Cónyuge Sobreviviente proporciona un Pensión mensual para usted durante su vida, y después de su fallecimiento una pensión por vida para su cónyuge sobreviviente. Los pagos para su cónyuge sobreviviente serán igual al 50% de la cantidad que usted estaba recibiendo cuando falleció, siempre y cuando ustedes estaban casados por al menos un año antes de su fallecimiento.
La cantidad mensual es una Anualidad de Una Sola Vida reducida al 88% más o menos 0.4% por cada año que su cónyuge es más mayor o más joven que usted.
Si su cónyuge fallece antes que usted, su cantidad mensual “aparecerá” al valor de la Anualidad de Una Sola Vida.
Pensión Calificado de 75% para el Cónyuge Sobreviviente – muy parecido al Pensión Calificado de 50% para el Cónyuge Sobreviviente, el Pensión Calificado de 75% para el Cónyuge Sobreviviente proporciona una Pensión mensual para usted durante su vida, y después de su fallecimiento una pensión una pensión por vida para su cónyuge sobreviviente. Los pagos para su cónyuge sobreviviente serán igual al 75% de la cantidad usted estaba recibiendo cuando falleció, siempre y cuando ustedes estaban casados por al menos un año antes de su fallecimiento,
La cantidad mensual es una Anualidad de Una Sola Vida reducida al 83% más o menos 0.5% por cada año que su cónyuge es más mayor o más joven que usted.
Si su cónyuge fallece antes que usted, su cantidad mensual “aparecerá” al valor de la Anualidad de Una Sola Vida.
Opción Conjunta y de Sobreviviente – Una opción disponible si usted es elegible para para una Jubilación Anticipada, Pensión Regular, o Pensión de Servicio. La Opción Conjunta y de Sobreviviente proporciona una Pensión mensual reducida para usted durante su vida, con 50% o 100% de su Pensión mensual continuando después de su fallecimiento para la vida de su beneficiario. Usted debe elegir la Opción Conjunta y de Sobreviviente por escrito en un formulario proporcionado y archivado por la Oficina Administrativa al meno de los 24 meses antes de que será efectivo.
La cantidad mensual para una Opción Conjunta y de Sobreviviente de 50% es la Anualidad de Una Sola Vida reducida a 89% más o menos el 0.4% para cada año que su beneficiario es más mayor o más joven que usted.
La cantidad mensual para una Opción Conjunta y de Sobreviviente de 100% es la Anualidad de Una Sola Vida reducida a 80% más o menos el 0.6% para cada año que su beneficiario es más mayor o más joven que usted.
Si su Pensión es efectivo antes del final del periodo de presentación de 24 meses, sus beneficios serán pagados en la forma normal (Anualidad de Una Sola Vida) hasta que los 24 meses han transcurrido.
Después del periodo de 24 meses, su cantidad de beneficio mensual permanecerá en la cantidad reducida si su beneficiario fallece antes que usted.
Opción de Nivel de Ingresos – tal vez está disponible si usted es elegible para una Jubilación Anticipada o Pensión de Servicio. Esta opción aumentara su beneficio mensual en los periodos antes que usted es elegible para Beneficios de Seguro Social (62 años de edad) y reduce su cantidad mensual después de que se convierte elegible para Beneficios de Seguro Social.
Esta opción es solamente para beneficios acumulados antes del 1º de enero del 2014.
Esta opción no es disponible en la forma de Pensión Calificado de Cónyuge o de Conjunto y Sobreviviente.
El Fideicomiso de Presión está diseñado a proporcionar ingresos a sus participantes jubilados y requiere que los jubilados declaren sus intenciones para parar de trabajar en la industria de construcción y edificación antes de que comiencen de recibir pago. Si usted encuentra después de que comienza su pensión que necesita regresar al empleo prohibido por el Plan, sus beneficios probablemente serán suspendidos. El término de la suspensión depende en su edad y el periodo de tiempo que usted está empleado. Si usted trabaja en un Empleo Prohibido, usted debe de informarle a la Oficina Administrativa por escrito dentro de los 15 días después de que comienza a trabajar.
Si se jubila antes de cumplir 65 años de edad, usted debe retirarse completamente y abstenerse de cualquier empleo o actividad en la industria de construcción y edificación en cualquier sitio, incluyendo auto-empleo.
Si usted se jubila a la edad o después de cumplir los 65 años de edad, pero antes del 1 de abril del año que tiene 70½ años de edad, usted es permitido a trabajar no más de 40 horas en un mes calendario en la misma industria, en el mismo comercio o artesanía, en las áreas geográficas del Plan del Sudoeste.
Después del 1 de abril en el año que tiene 70½ años de edad, no hay restricciones de este tipo, duración, o localización del trabajo que puede realizar mientras recibe pagos de Pensión del Plan.
Los siguientes son categorías comunes del Empleo Prohibido:
Antes de Jubilación – Beneficios de prejubilación son pagados en nombre de participantes establecidos que fallecen antes de que hayan tenido la oportunidad de obtener sus beneficios. Cuando esto ocurre, el Fideicomiso paga los beneficios según las reglas del Plan: como pago de vida para un cónyuge sobreviviente, o 36 pagos mensuales para alguien que no es cónyuge o para un cónyuge que elige esta opción.
Usted debe de mantener un Formulario de Designación de Beneficiario valido en archivo con la Oficina Administrativa. Esto permitirá a la Oficina Administrativa a identificar quien tiene derecho a los beneficios disponibles. Sin embargo, las reglas del Plan indican que su cónyuge legal será automáticamente considerado su beneficiario para beneficios de Pensión.
Después de Jubilación – Beneficios después de jubilación son determinados por la opción que usted selecciona al jubilarse. Si usted está casado cuando se jubila, su cónyuge será su beneficiario, a menos que ustedes elijan lo contrario. La Pensión Calificada de 50% para el Cónyuge Sobreviviente es la opción por defecto para los participantes casados. Si su pensión es pagada como Pensión Calificada de Cónyuge Sobreviviente, su cónyuge recibirá una pensión por vida a su fallecimiento.
Su cónyuge no puede ser removido como su beneficiario una vez que comienza la Pensión Calificada de Cónyuge Sobreviviente, aunque usted después de divorcia. Sin embargo, si su cónyuge fallece antes que usted, su pensión será ajustado a la cantidad que usted hubiera recibido si viera elegido la Anualidad de Una Sola Vida.
Incapacidad Temporalmente – si usted esta temporalmente incapacitado, créditos de pensión podrán concederse por periodos de incapacitado, siempre y cuando la incapacidad comenzó dentro de los 90 días siguiente la fecha en que usted trabajo por última vez en Empleo Cubierto, y usted cumple con una de las siguientes condiciones:
El periodo de incapacidad es uno de los beneficios de Incapacidad Temporalmente de Compensación para Trabajadores (o que constituía un periodo de espera valido para tales beneficios).
El periodo de incapacidad conlleva el ingreso hospitalario como paciente de cama registrado, hasta un máximo de 25 semanas por incapacidad.
Para solicitar el crédito, envié copias de sus talones de cheques para incapacidad temporalmente o comprobantes de hospitalización con una Declaración Jurada completada para Crédito de Pensión Durante Periodos de Incapacidad Temporalmente a la Oficina Administrativa.
Crédito de pensión podrá concederse para periodos de tal incapacidad temporalmente a la tarifa de 40 horas por semana (menos 8 horas por cada día festivo por semana de la Unión de Carpinteros) hasta un máximo de 1,200 horas por año calendario.
Usted debe de enviar una Declaración Jurada para Incapacidad dentro de los 12 meses en cuando ocurrió su incapacidad para recibir el crédito máximo.
Crédito de Pensión Militar – Crédito de pensión podrá concederse para periodos de Servicio Militar, sin embargo, como las reglas para acreditar servicio militar son complejas, recomendamos que se comunique con la Oficina Administrativa antes de irse y después que regrese de su servicio militar.
Decreto de Divorcio – si usted se divorcia, debe de notificar a la Oficina Administrativa lo más pronto posible y proporcionar una copia completa del decreto de divorcio y todas las páginas del asentamiento de propiedad. Usted debe de actualizar su Formulario de Designación de Beneficiario una vez que su divorcio esté finalizado.
Orden de Relaciones Domesticas – La Ley de Equidad de Jubilación de 1984 proporciona que el Plan debe reconocer cualquier Orden Calificada de Relaciones Domesticas y hacer los pagos como dirigido por la Orden a cualquier cónyuge, excónyuge, hijo/a, u otro dependiente del participante del Plan especificado por la orden. Una Orden Calificad de Relaciones Domesticas (QDRO, por sus siglas en inglés) es una orden estatal de relaciones domésticas, tal como un decreto de divorcio, que crea o reconoce el derecho de un beneficiario alterno, o asigna a un beneficiario alterno el derecho a recibir todo o una porción de los beneficios pagables al participante bajo el Plan y satisface el requisito para un QDRO bajo ley federal.
Los Fideicomisarios han adoptado procedimientos formales de QDRO para el tratamiento de las ordenes de relaciones domesticas recibidas por el Plan. Usted puede revisar estos procedimientos en este sitio web o puede comunicarse con la Oficina Administrativa.
Consulte la Descripción del Resumen del Plan (SPD) para las reglas y procedimientos formales y completos relacionados con Reclamos y Apelaciones para preservar sus derechos de Apelación formal.
WIM SPD 2019 y Aviso del Plan 2022 (Inglés solamente)
Aplicacion para Credito de Pension
Autorizacion para Deposito Electronico
Avisos de planes de pensiones 2019-2021 (Inglés solamente)
Avisos de Planes de Pensiones 2022-Presente (Inglés solamente)
Descripción del Resumen del Plan (SPD)
Verificación De Pago De Pensión
SWRCC NM Summary Plan Description (SPD)
Aviso de Financiación Anual del 2021 (Inglés solamente)
lunes – viernes 8:00 am a 5:00 pm (PST) al:
(213) 386-8590
o
(800) 293-1370
Fideicomiso de Carpinteros del Sudoeste
533 South Fremont Avenue
Los Angeles, California 90071